Palomas |
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Animales que conviven con el hombre en casi todas las ciudades, las palomas se encuentran sin embargo en el rango de potencial plaga, en orden a distintos factores (cantidad poblacional, espacios ocupados, generación de ectoparásitos, etcétera). Sin embargo, las palomas se encuentran protegidas como especie en la mayoría de los países del mundo. De todas maneras y de acuerdo a la legislación vigente en cada geografía, las mismas pueden ser controladas utilizando diversos métodos. En Argentina, todos los procedimientos permitidos son no cruentos e incorporan fundamentalmente sistemas físicos de ahuyentamiento. Los medios más comunes son las redes, los flejes, resortes y alambrados repelentes. También existen los llamados “tratamientos de traslado” consistentes en el cebado, enjaulado y posterior migración. Sin embargo estos trabajos son bastante costosos y su aplicación debe ser permanente. Por regla general, cualquier proceso de ahuyentamiento de palomas no es en sí mismo totalmente efectivo si no se lo acompaña de ciertas medidas correctivas que también deben ser implementadas. De hecho, el ahuyentamiento de cualquier ave plaga es un control integrado y requiere algunas tácticas del MIP (ver Manejo Integrado de Plagas). Los aspectos más importantes a tener en cuenta previo a cualquier operación son los siguientes: Reconocimiento de la especie: en el 90% de los casos se trata de la variedad Columba Livia. Exclusión: independientemente de los procedimientos directos es importante aplicar toda medida correctiva tendente a evitar que tanto palomas como otras aves (incluyendo por ejemplo, murciélagos) puedan ingresar a sectores sensibles o críticos. Saneamiento: en la mayoría de los casos existen factores de orden sanitario que propician la ocupación de un área. Algunos ejemplos de estos factores son eliminación de nidos y reducción de fuentes de agua y/o alimento. En casos de infestación severa, algunos municipios pueden ejecutar tareas de reducción, pero esta potestad es privativa de cada jurisdicción en orden a su legislación vigente. |
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